Paro y subsidio por desempleo: diferencias
En el lenguaje cotidiano se dice «el paro» para todo, pero en realidad son dos ayudas distintas con requisitos y cuantías diferentes.
La prestación contributiva (el paro)
Depende de lo que hayas cotizado. Su cuantía se calcula sobre tu base reguladora (70% los primeros seis meses y 60% después) y su duración va de 4 meses a 2 años. Exige haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años.
El subsidio por desempleo
Es una ayuda de carácter asistencial, de cuantía fija, para personas que no tienen derecho a la prestación contributiva o que la han agotado y siguen sin trabajo. Su importe se calcula como un porcentaje del IPREM y no depende de lo que cobrabas antes.
Requisitos habituales del subsidio
- Estar en situación legal de desempleo e inscrito como demandante de empleo.
- No tener ingresos por encima del límite que fija la ley (en general, inferiores al 75% del salario mínimo sin pagas extra).
- En algunos casos, tener responsabilidades familiares, haber agotado el paro o cumplir una edad mínima.
Cuál me conviene
No eliges: el SEPE te reconoce la prestación contributiva si cumples sus condiciones y, si no, valora el subsidio. Los requisitos del subsidio se han modificado varias veces en los últimos años, así que comprueba la normativa vigente en el SEPE antes de tomar decisiones.
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