Paro y subsidio por desempleo: diferencias

Actualizado en octubre de 2026

En el lenguaje cotidiano se dice «el paro» para todo, pero en realidad son dos ayudas distintas con requisitos y cuantías diferentes.

La prestación contributiva (el paro)

Depende de lo que hayas cotizado. Su cuantía se calcula sobre tu base reguladora (70% los primeros seis meses y 60% después) y su duración va de 4 meses a 2 años. Exige haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años.

El subsidio por desempleo

Es una ayuda de carácter asistencial, de cuantía fija, para personas que no tienen derecho a la prestación contributiva o que la han agotado y siguen sin trabajo. Su importe se calcula como un porcentaje del IPREM y no depende de lo que cobrabas antes.

Requisitos habituales del subsidio

Cuál me conviene

No eliges: el SEPE te reconoce la prestación contributiva si cumples sus condiciones y, si no, valora el subsidio. Los requisitos del subsidio se han modificado varias veces en los últimos años, así que comprueba la normativa vigente en el SEPE antes de tomar decisiones.

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Información de carácter orientativo basada en la normativa general (Título III de la Ley General de la Seguridad Social). Las cuantías y requisitos pueden cambiar: confirma siempre tu caso en la sede electrónica del SEPE o en tu oficina de empleo.